miércoles, 4 de enero de 2017

NEFASTA RESOLUCIÓN CONTRA SPORT ANCASH



Cantolao es de Primera. Este martes salió el fallo de la Comisión de Justicia de la FPF en el que se declara infundado el reclamo presentado por Sport Ancash por la supuesta mala alineación del colombiano Jefferson Collazos y el argentino Leandro Martín. Con esto, quedó definido que el cuadro aurinegro es el nuevo inquilino del Descentralizado 2017.
Luego de muchas semanas de deliberación, finalmente la CJ-FPF emitió el falló en el que anula la Resolución 307 CJ-ADFP-SD 2016, sobre el reclamo de la "amenaza" contra el "delfin" por la alineación de los jugadores extranjeros quienes no contaban con visa de trabajo ni el acuerdo de Mercosur para jugar en la Segunda División, tal como lo solicitaban las bases del torneo del año pasado.
En buen resumen, el resultado de la final jugada el 11 de diciembre del año pasado, no se movería y por lo tanto Cantolao se queda con el título de la Segunda División tras haber vencido a Sport Áncash por 2-0, en partido disputado en el estadio de Matute.
Pero no solo se resolvió quién es el nuevo inquilino del Descentralizado 2017, también se confirmó que Atlético Torino perdió la categoría al mantener la decisión de la CJ-ADFP-SD que declaró infundado su reclamo, en el que solicitó que se le entreguen los puntos de los partidos contra el Delfín y la Amenaza, quienes supuestamente estaban en falta al alinear a sus jugadores extranjeros.
Pero esto no ha terminado aquí. Sport Áncash no que quedará de brazos cruzados y buscará justicia ante el máximo ente en cuestión de deporte: TAS. El presidente del cuadro auriverde anunció, antes de que se emita el fallo, que irá hasta las últimas consecuencias. Lo que genera gran controversia en torno a su participación en el torneo de Segunda División este 2017.
Esto resolvió el fallo de la CJ-FPF sobre el caso Cantolao y Sport Áncash
Se resuelve:
1- CONFIRMAR en el extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016, en el que declara INFUNDADO el reclamo impuesto por el Club Atlético Torino de Talara.
2- REVOCAR el extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016, en el que se declara INFUNDADA la NULIDAD deducida por el Club Academia Cantolao contra la Resolución N° 306-CJ-ADFP-SD-2016 y, reformándolo, se declara FUNDADA la solicitud de NULIDAD deducida por el Club Academia Cantolao y, en consecuencia, NULA la Resolución N° 306-CJ-ADFP-SD-2016.
3- REVOCAR el extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016 en que declara FUNDADO en parte el reclamo del Club Sport Áncash por haber hecho alinear antirreglamentariamente a sus jugadores JEFERSON COLLAZOS VIVEROS y DANIEL LEANDRO MARTÍN y, reformándolo, declarar INFUNDADO el referido reclamo del Club Sport Áncash.
4- Declarar la NULIDAD del extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016, en el que se sanciona al Club Academia Cantolao, con una multa de (1) UIT por haber alineado antirreglamentariamente a los jugadores extranjeros JEFERSON COLLAZOS VIVEROS y DANIEL LEANDRO MARTÍN, en el transcurso del Campeonato Descentralizado de la ADFP-SD.
5- Declarar la NULIDAD del extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016, en el que se sanciona al Club Sport Áncash, con una multa de (1) UIT por haber alineado antirreglamentariamente a los jugadores extranjeros RONAILLE CALHEIRA SEARA y FABIÁN ANDRÉS GONZALES LAZO, en el transcurso del Campeonato Descentralizado de la ADFP-SD.
6- Dejar SIN EFECTO los puntos 6 y 7 de la parte Resolutiva de la Resolución N° 307-CJ-ADFP-SD-2016. Fdo. Dr Juan Monroy. Dr. José Luis Briones. Dr. Juan José Hopkins. DR. Omar Montalvo. Dr. Marco Borra y Sr. Leonardo Ramírez.

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