Cantolao
es de Primera. Este martes salió el fallo de la Comisión de Justicia de la FPF
en el que se declara infundado el reclamo presentado por Sport Ancash por
la supuesta mala alineación del colombiano Jefferson Collazos y el argentino
Leandro Martín. Con esto, quedó definido que el cuadro aurinegro es el nuevo
inquilino del Descentralizado 2017.
Luego de
muchas semanas de deliberación, finalmente la CJ-FPF emitió el falló en el que
anula la Resolución 307 CJ-ADFP-SD 2016, sobre el reclamo de la "amenaza"
contra el "delfin" por la alineación de los jugadores extranjeros
quienes no contaban con visa de trabajo ni el acuerdo de Mercosur para jugar en
la Segunda División, tal como lo solicitaban las
bases del torneo del año pasado.
En buen
resumen, el resultado de la final jugada el 11 de diciembre del año pasado, no
se movería y por lo tanto Cantolao se queda con el título de la Segunda
División tras haber vencido a Sport Áncash por 2-0, en partido
disputado en el estadio de Matute.
Pero no
solo se resolvió quién es el nuevo inquilino del Descentralizado 2017,
también se confirmó que Atlético Torino perdió la categoría al mantener la
decisión de la CJ-ADFP-SD que declaró infundado su reclamo, en el que solicitó
que se le entreguen los puntos de los partidos contra el Delfín y la Amenaza,
quienes supuestamente estaban en falta al alinear a sus jugadores extranjeros.
Pero esto
no ha terminado aquí. Sport Áncash no que quedará de brazos cruzados y
buscará justicia ante el máximo ente en cuestión de deporte: TAS. El presidente
del cuadro auriverde anunció, antes de que se emita el fallo, que irá hasta las
últimas consecuencias. Lo que genera gran controversia en torno a su
participación en el torneo de Segunda División este 2017.
Esto
resolvió el fallo de la CJ-FPF sobre el caso Cantolao y Sport Áncash
Se
resuelve:
1- CONFIRMAR
en el extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016, en el que declara INFUNDADO
el reclamo impuesto por el Club Atlético Torino de Talara.
2- REVOCAR
el extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016, en el que se declara INFUNDADA
la NULIDAD deducida por el Club Academia Cantolao contra la Resolución
N° 306-CJ-ADFP-SD-2016 y, reformándolo, se declara FUNDADA la
solicitud de NULIDAD deducida por el Club Academia Cantolao y, en
consecuencia, NULA la Resolución N° 306-CJ-ADFP-SD-2016.
3- REVOCAR
el extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016 en que declara FUNDADO
en parte el reclamo del Club Sport Áncash por haber hecho alinear
antirreglamentariamente a sus jugadores JEFERSON COLLAZOS VIVEROS y DANIEL
LEANDRO MARTÍN y, reformándolo, declarar INFUNDADO el referido
reclamo del Club Sport Áncash.
4-
Declarar la NULIDAD del extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016,
en el que se sanciona al Club Academia Cantolao, con una multa de (1) UIT
por haber alineado antirreglamentariamente a los jugadores extranjeros JEFERSON
COLLAZOS VIVEROS y DANIEL LEANDRO MARTÍN, en el transcurso del
Campeonato Descentralizado de la ADFP-SD.
5-
Declarar la NULIDAD del extremo de la Resolución N°307-CJ-ADFP-SD-2016,
en el que se sanciona al Club Sport Áncash, con una multa de (1) UIT por
haber alineado antirreglamentariamente a los jugadores extranjeros RONAILLE CALHEIRA
SEARA y FABIÁN ANDRÉS GONZALES LAZO, en el transcurso del Campeonato
Descentralizado de la ADFP-SD.
6- Dejar SIN
EFECTO los puntos 6 y 7 de la parte Resolutiva de la Resolución N°
307-CJ-ADFP-SD-2016. Fdo. Dr Juan Monroy. Dr. José Luis Briones. Dr. Juan
José Hopkins. DR. Omar Montalvo. Dr. Marco Borra y Sr. Leonardo Ramírez.
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